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Concejalía de Sanidad y Consumo

Información de Interés para el consumidor

Objetivos de la Concejalía

Los dos primeros objetivos que tenía marcados la Concejalía de Sanidad y Consumo de Villanueva de la Torre en la legislatura anterior (2003-2007) fueron el de ampliar los servicios sanitarios que se ofrecían a la población villanovense y el de iniciar  la construcción de un Consultorio Médico nuevo que cubriese las necesidades presentes y futuras del municipio. Las  negociaciones con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha iniciadas en el año 2004 desde esta Concejalía fructificaron. Uno de los problemas de partida era que, a pesar de tener una población de casi 5.000 habitantes en aquel momento, Villanueva no reunía el número suficiente de tarjetas sanitarias exigibles para dicha ampliación, por lo que las conversaciones resultaron  difíciles. No obstante, finalmente, y gracias al diálogo fluido que existe entre el Ayuntamiento de Villanueva y el Gobierno Regional ambas peticiones se convirtieron en realidad. “No obstante, y a pesar de todas las mejoras producidas en los cuatro últimos años, seguimos teniendo el mismo problema: las tarjetas sanitarias son escasas en relacion con el censo de población. Por ello aprovecho el marco de expresión que me proporciona Internet para instar a nuestros vecinos a que tramiten sus tarjetas sanitarias en el servicio administrativo del consultorio médico de Villanueva de la Torre. Es un trámite sencillo y rápido que permitirá en el futuro dotar a Villanueva de más y mejores servicios”, afirma la concejala de Sanidad y Consumo, Fernanda Urbano. Modificar o Saber cómo solicitar la tarjeta sanitaria.

En la actualidad Villanueva de la Torre cuenta con una consulta de medicina general y una de pediatría en horario de mañana, con sus respectivas consultas de enfermería, y con dos consultas de medicina general y una de pediatría en horario de tarde. Asimismo las gestiones del Ayuntamiento dotaron al Consultorio Médico de un servicio administrativo, que permite a los vecinos poder tramitar sus citas previas en Villanueva, evitando la incomodidad de tener que  tramitarlo en Azuqueca de Henares.  En este mismo sentido, y a comienzos del verano de 2008 el Consistorio solicitó al SESCAM la posibilidad de dar de alta el servicio de cita previa a través de Internet, gracias al cual es el propio usuario el que puede reservar su tiempo por esta vía de comunicación.

El día 15 de marzo de 2007 comenzaban las obras de construcción del nuevo consultorio médico de Villanueva de la Torre. Los trabajos estarán concluidos en el año 2008.

Otro aspecto  importante, competencia también de esta Concejalía, es el de la salubridad del agua para el consumo público. En cumplimiento con el R.D. 140/2003, de 7 de Febrero por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua para el consumo humano que desarrolla una Directiva Europea del año 1.998, el Ayuntamiento  realiza análisis todos los meses, siendo los resultados de los mismos óptimos.

Enlaces y servicios de interés:

  

Información de interés para el consumidor

Legislación vigente, ¿Quiénes son consumidores y usuarios?:

Es el artículo 51 de la Constitución Española de 1978 el que establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses de los mismos. Asimismo, promoverán su información y educación, fomentarán sus organizaciones y las oirán en cuestiones que puedan afectarles”. Artículo 51 de la Constitución.

Con el fin de dar cumplimiento al citado mandato constitucional, se promulgó la Ley 26/1984, de 19 de julio, GENERAL PARA LA DEFENSA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS que ha sido actualizada por el REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007 del 16 de noviembre 

En primer lugar, hay que determinar qué entiende la Ley por Consumidor y Usuario. En su artículo 1º considera que son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales bienes muebles o inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones.

CONSUMIDOR es la persona física o jurídica que adquiere alguna cosa, como destinatario final, para su propio consumo, utilización provecho o gasto.
USUARIO es la persona física o jurídica que utiliza o disfruta algún servicio para sí misma, para su propio uso, provecho o gasto.

NO SON CONSUMIDORES NI USUARIOS quienes adquieren cualquier bien o producto, o utilizan o disfrutan de algún servicio para producir otros bienes o productos, o para transformarlos, comercializarlos o prestarlos a terceros, es decir, sin constituirse en destinatarios finales (por ejemplo la empresa que compra lavadoras para instalar una lavandería, los libreros que compran a la editorial, o el empresario que para su zapatería compra al fabricante de calzado).

Derechos de los consumidores y usuarios:

Estos derechos gozan de una defensa prioritaria y son irrenunciables. Ningún vendedor puede imponer a los consumidores o usuarios que renuncien a los derechos a la salud, seguridad, información, reparación de daños... Imagínese que usted compra una crema adelgazante que se hace con una fórmula milagrosa y el vendedor le obliga a que firme un pedido renunciando a su derecho a saber qué composición tiene y comunicándole que no se responsabiliza de los perjuicios que pueda causarle a su salud etc. Aunque usted firme ese pedido no pierde sus derechos porque los mismos son irrenunciables.

Derecho a la protección de la salud y seguridad: Ningún producto, actividad o servicio puesto en el mercado tendrá riesgo para la salud o seguridad del consumidor o usuario y en caso de que haya artículos que sin ser peligrosos puedan no ser recomendables para algunos usuarios es obligatorio informar en el etiquetado de los riesgos, consecuencias y cómo evitarlos.
Con la finalidad de garantizar la protección de este derecho la ley establece:

    • Prohibición de aditivos no autorizados expresamente.
    • Prohibición de almacenamiento de productos tóxicos en locales y transporte de alimentos y bebidas
    • Control de los productos tóxicos o venenosos
    • Prohibición de la venta a domicilio de bebidas y alimentos
    • Regulación de las condiciones de venta ambulante
    • Control de los productos manufacturados que afecten a la seguridad física de las personas y retirada de los productos que supongan un riesgo previsible para la salud de las personas

Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales: Este es el derecho más conocido y quizás más importante para el consumidor, ya que le permite exigir la reparación de los daños que haya sufrido como consecuencia de la adquisición de bienes o la prestación de servicios.
Este derecho protege su “bolsillo”, su economía doméstica. Se trata de garantizar que la publicidad, promociones y ofertas, los sorteos, las cláusulas de los contratos, las garantías de los productos no le engañen.
En nuestros días la publicidad tiene un enorme impacto social, trata de influir en nuestro comportamiento como consumidores. Por eso, la ley regula las técnicas publicitarias, estableciendo que han de ser fieles a la realidad de los servicios y productos que se anuncian. La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de los productos o servicios será sancionada como fraude y las Asociaciones de Consumidores están legitimadas para perseguirla y hacerla cesar.
Imagínese que se anuncia un producto adelgazante que le asegura que usted tendrá una figura similar a la de la modelo que lo anuncia. Este anuncio no es fiel a la realidad, se considera que engaña al consumidor y, por tanto, constituye un fraude. En la mayoría de los casos los contratos de compra de bienes de consumo o de utilización de servicios están ya casi totalmente redactados por la empresa suministradora, dejando en blanco unas cuantas cláusulas, de modo que usted se adhiere al contrato aceptando las condiciones impuestas por el vendedor. Esto puede dar lugar a abusos ya que se pueden consignar cláusulas que perjudiquen al consumidor y que le dejen prácticamente indefenso. Es por ello por lo que la ley establece que estas cláusulas deben cumplir una serie de requisitos, entre los que señalamos los siguientes:

  • Han de ser claras, concretas, sencillas y fácilmente comprensibles.
  • Cuando hay duda en la interpretación de alguna cláusula se resolverá en contra del suministrador.
  • Salvo que se renuncie, hay una obligación de entregar recibo, justificante, copia o documento acreditativo de la operación, o en su caso, de presupuesto debidamente desglosado.
  • No deberán contener ninguna clase de limitación absoluta de responsabilidad frente al consumidor o usuario.
  • No podrá imponerse la renuncia a los derechos del consumidor y usuario reconocidos en la ley
  • Prevalecerán las cláusulas particulares frente a las generales, siempre que aquéllas sean más beneficiosas que éstas.

Otra manifestación más del derecho a la protección de los intereses económicos y sociales es la relativa a la garantía postventa de los productos, que debe entregarse al consumidor en el momento de la  compra y que debe contener como mínimo los siguientes datos:

  •  Modelo y denominación comercial del objeto adquirido
  • Nombre del titular del establecimiento o vendedor
  • Nombre del titular de la garantía o comprador
  • Los derechos del titular de la garantía( reparaciones y accesorios que incluye)
  • El plazo de duración de la garantía garantiza como mínimo:
    •  La reparación gratis de los defectos de fabricación.
    • Si la reparación no lo arregla, a que nos cambien la cosa comprada por otra igual o a que nos devuelvan el precio pagado.
    • Tener un servicio técnico y a que los repuestos duren un cierto tiempo.

Derecho a la Información: Es otro de los derechos básicos de los consumidores y que complementa a los anteriores. Es el derecho que tenemos todos los consumidores a saber y conocer suficientemente las características reales de los productos y servicios que nos ofrecen y ese conocimiento debe ser de forma directa e inmediata. Los fabricantes están obligados por ley a indicar el nombre genérico o marca comercial, la naturaleza del producto, composición, categoría, cantidad, precio de venta al público, fecha de caducidad e instrucciones de uso o consumo.
Por otra parte, el derecho a la información supone la facultad del consumidor de acudir a las oficinas de información públicas. Estas oficinas tienen el siguiente cometido:

  • Informan, ayudan y orientan a consumidor para ejercer adecuadamente su derecho.
  • Facilitan direcciones de organizaciones, centros y organismos relacionados con el consumo.
  • Realizan charlas, cursos y otras actividades para formar y educar en temas de consumo.
  • Reciben quejas y reclamaciones, intentando mediar para obtener su resolución, remitiéndolas a los organismos que correspondan.  

Derecho a la educación y formación en materia de consumo: Es necesario formar a la población para adquirir hábitos saludables para que puedan acceder con mayor libertad a los bienes del mercado, utilizarlos de manera más racional y evitar riesgos. Los medios de comunicación públicos, las asociaciones de consumidores, las oficinas de información al consumidor y la educación escolar son instrumentos fundamentales para ello.

Derecho de representación, consulta y participación: Es casi imposible que cada consumidor pueda dar su opinión de manera individual ante cualquier conflicto que afecte al colectivo. Por eso, este derecho se ejerce de manera indirecta, a través de las Asociaciones de Consumidores. Sus propuestas no siempre son recogidas por el Parlamento, aunque sí oídas, contribuyendo a dar un enfoque realista de los derechos de los ciudadanos.
 
Derecho a obtener protección ante cualquier situación que cause inferioridad, subordinación o indefensión: En ocasiones el consumidor es la parte más débil de la relación jurídica que se establece entre él y el comprador. La ley se hace eco de estas situaciones y establece unas acciones que adoptarán los poderes públicos que permitan a los consumidores estar en condiciones de mayor igualdad:

  • campañas de orientación al consumo, campañas de control de calidad
  • análisis de las reclamaciones o quejas que impliquen obligaciones innecesarias de cumplimentar impresos y aportar datos, trámites sin utilidad para el consumidor con costes desproporcionados, limitaciones abusivas de garantías, controles, repuestos o reparaciones, dudas razonables sobre la calidad o idoneidad del producto o servicio etc.


Derecho a la reparación de daños o perjuicios que se le causen: En el caso de haber sido víctima de un engaño, fraude o similar tiene derecho a recibir una compensación por ello.
Todos los consumidores tenemos derecho a que nos indemnicen por los daños y perjuicios que nos ocasionen, salvo que el daño se deba exclusivamente a una mala utilización por nuestra parte. Así, si utilizamos el producto sin seguir las instrucciones indicadas por el fabricante, la responsabilidad es sólo nuestra y no podremos exigir compensación del daño.

La vía más eficaz para conseguir una rápida respuesta a nuestros conflictos de consumo es el arbitraje de consumo que permite resolver fácilmente los desacuerdos que puedan surgir entre los dos protagonistas de consumo: el comprador y el vendedor.

Sistema arbitral de consumo

El sistema arbitral de consumo es un procedimiento que permite resolver los litigios relacionados con consumo, sin necesidad de recurrir a los tribunales. Un Juez Arbitro (que preside un Colegio Arbitral formado por representantes de los consumidores, de los empresarios y de la Administración) emite un laudo con valor similar a la sentencia de un Juez, con el que se resuelve el litigio.

Es voluntario para ambas partes y su aceptación ha de hacerse expresamente por escrito. Una vez que el consumidor haya solicitado el arbitraje, el comerciante puede aceptarlo o no, a no ser que esté adherido al Sistema Arbitral, en cuyo caso es obligatoria la aceptación de todas las solicitudes que se le presenten. Por eso es importante comprobar que en la entrada de los establecimientos figura el emblema de la Junta Arbitral.

Puede acogerse al arbitraje de consumo solicitándolo personalmente en la OMIC de Villanueva de la Torre. El sistema de arbitraje de consumo es gratuito, no es necesario estar asistido o representado por abogados o procuradores y es más rápido que un proceso judicial, ya que el laudo ha de ser emitido en un plazo máximo de cuatro meses. Su ámbito de actuación puede ser municipal, provincial, autonómico y nacional, cuando la controversia afecte a consumidores y usuarios en un ámbito superior al de la Comunidad autónoma.

Enlaces de interés

 


 

Galería fotográfica



















































































































































































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OCTUBRE 2011
Visita previa a la apertura del nuevo acceso a Villanueva de la Torre. EL DIA, 25 de oct.
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OCTUBRE 2011
Iluminada Rojo cumple 100 años en Villanueva. El DIA. 18 de oct.
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OCTUBRE 2011
"Los objetos cambian de mano en el mercadillo del trueque"
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OCTUBRE 2011
El DIA 10 de octubre
Villanueva cnsigue reducir el déficit
bajando gastos
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SEPTIEMBRE 2011
La prensa destaca el proyecto de transformacion de la Sidreria de Carlos
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SEPTIEMBRE 2011
La Prensa destaca los exitos deportivos de un villanovense
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SEPTIEMBRE 2011
35.000 bañistas usaron la piscina esta temporada
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AGOSTO 2011
Entrevista a M. Valdenebro en Revista La Voz
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JUNIO 2011
Excelente cobertura de nuestras Fiestas en la Prensa provincial
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29 JUNIO 2011
Cobertura en la Prensa provincial de la asunción de Marta Valdenebro como Diputada Nacional del PP y renuncia a su sueldo como alcaldesa de Villanueva de la Torre
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PROGRAMACION DE ACTOS EN HONOR A SANTA AGUEDA

El próximo domingo 5 de febrero a las 12 horas se celebrará una Misa solemne, con motivo de la festividad de Santa Águeda, una vez finalizada comenzará la Procesión y a continuación se ofrecerá un vino. 
De 18 h. hasta las 20 h. en el centro social habrá un baile.



EN BUENAS MANOS

VILLANUEVA DE LA TORRE CUENTA CON UN DESFIBRILADOR Y FORMA A VARIOS VOLUNTARIOS EN SU USO.



CONSULTA AQUI LOS LUGARES Y HORARIOS DE LA PROXIMA JORNADA DE DEPORTE ESCOLAR



CONSULTA AQUI LA FECHA Y LUGAR DE LA 4º JORNADA DE LA LIGA BENJAMIN Y PREBENJAMIN



EL PLENO DE VILLANUEVA DE LA TORRE APRUEBA LA CESION DE LA GESTION DEL AGUA POTABLE A LA MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL SORBE


ESCUCHAR AUDIO
El Pleno de la Corporación de Villanueva de la Torre aprobó el pasado jueves 26 la delegación de la gestión del agua en baja a la Mancomunidad de Aguas del Sorbe. La cesión no supone el inicio inmediato de la gestión, sino que es un primer paso en las negociaciones entre el Ente público gestor y el Ayuntamiento de Villanueva hasta la firma de un Convenio regulador que tendrá que ser aceptado por la Asamblea de municipios que forman la MAS y el Pleno de Villanueva de la Torre.









CONVOCATORIA A PLENO PARA ESTE JUEVES 26 de ENERO
Salón de Plenos del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre
Hora : 18:00 hs.
VER ACTA APROBADA  PLENO ANTERIOR (29/09/2011)



XIII LIGA BENJAMÍN Y PREBENJAMÍN DE FÚTBOL SALA RESULTADOS DE LA SEGUNDA JORNADA y horarios de la tercera jornada
Desigual resultado para los equipos villanovenses en la segunda jornada del dá 22 de enero, con varios empates, triunfos y derrotas, sin embargo el entusiasmo de los chicos va en aumento,y las ganas de llegar a la tercera jornada marcarán esta larga semana.
click aquí CONSULTA AQUI LOS HORARIOS Y LUGAR DE LA TERCERA JORNADA 



VILLANUEVA DE LA TORRE PARTICIPA EN LA XIII EDICION DE LA LIGA BENJAMIN Y PREBENJAMIN EN GUADALAJARA CON OCHO EQUIPOS. LA MAYOR REPRESENTACION DE LA PROVINCIA.
Ocho equipos, todo un record y una muestra de entusiasmo deportivo




LA CABALGATA DE REYES MAGOS SUPERA TODAS ALS EXPECTATIVAS DE PARTICIPACION


Cientos de personas salieron al paso del recorrido de las carrozas de sus Majestades que concurrieron a caballo junto a un cortejo de carrozas muy bien estructuradas



EXITO ROTUNDO DEL CONCURSO DE VILLANCICOS

El Público abarrotó la carpa del Paco Rabal y se llevó como recompensa una noche maravillosa de villancicos y chololate caliente con roscón.




VILLANUEVA DIO LA BIENVENIDA A LA NAVIDAD CON UNA FIESTA SOLIDARIA

Con una fiesta denominada "Navidad Solidaria" en el Polideportivo Municipal, Villanueva de la Torre volvió a reunir una importante cantidad de alimentos y enseres destinados a Caritas.
Los actos organizados por el Ayuntamiento son gratuitos, los eventos de pago corresponden al programa navideño elaborado po la empresa local Opalo y que se publicitan en un programa específico.



PEQUELANDIA EN VILLANUEVA DE LA TORRE
Los servicios más espectaculares de la UME, Protección Civil, Guardia Civil y bomberos recrearon un auténtico parque temático de la Seguridad y la prevención






PEQULANDIA ESTE DOMINGO ¡NO TE LO PUEDES PERDER!

Villanueva celebra el domingo su evento estrella de estas navidades desde las 10:00 hs.




LA DIPUTADA DE CULTURA, MARTA VALDENEBRO PRESENTA EN EL ISAAC NEWTON LA JORNADA DE CINE "LA GRAN EVASION"


Villanueva de la Torre, entra en la Historia del Cine con la presentación del montaje "La Gran Evasión"



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